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Actores políticos

2.3 El Reglamento de Restauración de la Naturaleza de la UE

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El Reglamento de Restauración de la Naturaleza de la UE establece objetivos vinculantes para la restauración forestal en toda Europa y exige a los Estados miembros que elaboren Planes Nacionales de Restauración. Su éxito depende de la armonización de los objetivos ecológicos con las legislaciones nacionales y de la participación eficaz de las partes interesadas.

El Reglamento de la UE sobre la restauración de la naturaleza (EU-NRR) constituye el primer instrumento político de aplicación directa y jurídicamente vinculante en toda la UE que define normas comunes explícitas de la UE para la gestión forestal (ecológica) y la gestión ecológica de otros ecosistemas . El NRR establece objetivos de restauración ambiciosos y medibles . Pide la recuperación del 30 % de los hábitats y especies forestales que no se encuentran en buen estado ecológico para 2030 , otro 30 % para 2040 y otro 30 % para 2050. Estos objetivos se aplican tanto dentro como fuera de la red de áreas protegidas Natura 2000 , incluidos los sitios forestales Natura 2000 (Art. 4). El reglamento también define criterios ecológicos para los bosques gestionados , como madera muerta, estructuras de edades desiguales , especies de árboles autóctonos , diversidad de especies, conectividad, aves forestales y suelos forestales (Art. 12) . El proceso de elaboración de políticas se enfrentó a votaciones ajustadas en las instituciones legislativas europeas . También encontró una fuerte oposición por parte de las asociaciones de propietarios forestales y de la industria , quienes expresaron su preocupación sobre cómo los objetivos de restauración podrían afectar la viabilidad económica del sector forestal e interactuar con los impactos del cambio climático . Sin embargo, el texto legislativo final fue aprobado en junio de 2024 y entró en vigor poco después.

En lo que respecta a los ecosistemas forestales gestionados fuera de los espacios forestales de la red Natura 2000 , los Estados miembros de la UE (EM) están obligados a garantizar una tendencia creciente a nivel nacional del índice común de aves forestales, así como de al menos seis de los siete indicadores adicionales de restauración de ecosistemas forestales, que incluyen: a) madera muerta en pie, b) madera muerta caída, c) porcentaje de bosques con estructura de edades desiguales, d) conectividad forestal , e) reservas de carbono orgánico, f) porcentaje de bosques dominados por especies de árboles autóctonas y g) diversidad de especies de árboles.

Para la elaboración de los borradores de los Planes Nacionales de Restauración (PNR), cuya presentación está prevista para el 1 de septiembre de 2026, los Estados miembros deben llevar a cabo el seguimiento y la investigación preparatorios necesarios para identificar las medidas de restauración necesarias para alcanzar los objetivos de restauración y cuantificar la superficie que necesita restauración. Al elaborar sus Planes Nacionales de Restauración (PNR), los Estados miembros de la UE deben alinear estos planes con los programas políticos existentes y aprovechar las sinergias . Estas pueden incluir la coordinación dentro de sus Planes Estratégicos de la PAC, los objetivos de energías renovables para 2030 y las medidas de conservación establecidas para los sitios Natura 2000 en virtud de la Directiva Hábitats y Aves de la UE.

Una disposición clave del Reglamento de Recursos Naturales de la UE es facilitar la participación pública, abierta, transparente, inclusiva y efectiva de todos los actores relevantes desde las primeras etapas del proceso de preparación. Dado que las organizaciones de propietarios forestales y de tierras, así como los representantes del sector primario, han adoptado una actitud bastante negativa hacia la iniciativa legislativa , escuchar sus necesidades e incorporar su experiencia en el desarrollo de los Planes de Recursos Naturales será fundamental para su implementación efectiva sobre el terreno.

Aunque el Reglamento de Restauración de la Naturaleza de la UE (EU-NRR) es directamente aplicable y no requiere transposición a la legislación nacional, un cierto grado de alineación con la legislación forestal nacional es probablemente esencial para la implementación efectiva y coherente de los Planes Nacionales de Restauración (PNR) . También es importante para lograr progresos en indicadores clave de restauración de ecosistemas forestales. En este contexto, en nuestra publicación ¿Del cambio de política sectorial a la (des)integración intersectorial? Un análisis longitudinal de la política forestal y de desarrollo rural de la UE - ScienceDirect presentamos un análisis exhaustivo de los marcos regulatorios forestales de los 27 Estados miembros de la UE. Estos se agrupan en función de la cobertura, coherencia y rigor de las disposiciones de sus leyes forestales nacionales relacionadas con los indicadores y prácticas clave de restauración de ecosistemas forestales descritos en la Ley de Restauración de la Naturaleza de la UE (por ejemplo, 1) regulaciones de tala rasa y 2) reforestación obligatoria , ambas como sustitutos del apoyo a la madera muerta , especies de árboles nativas y diversas , y bosques de edades desiguales ; 3 ) reservas forestales como sustituto de la madera muerta y conectividad forestal; 4 ) Normativa sobre madera muerta y 5) Normativa de protección de aves forestales . Le animamos a consultar estos hallazgos para identificar tanto las sinergias normativas como las posibles lagunas entre los niveles de la UE y los nacionales.

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